Primero estime; luego verifique el expediente
- Los tres cálculos se realizan solo en su navegador; ningún dato se transmite desde estos formularios.
- La herramienta registral suma dos años calendario y clasifica el resultado como Vigente, Por vencer o Vencido.
- El estimador de constitución está limitado expresamente al régimen fiscal 2026.
- La transferencia usa como punto de partida la tasa general de 3% publicada por la DGII, pero permite editarla para el análisis de la fecha real.
- Ningún resultado reemplaza el certificado, una liquidación de la DGII, una resolución de exención ni la asesoría del caso.
¿A quiénes sirven estas herramientas?
- A socios y gerentes que quieren anticipar la próxima renovación de una sociedad dominicana.
- A fundadores que preparan un presupuesto de constitución durante 2026 antes de cerrar el capital y el tipo social.
- A compradores de inmuebles que necesitan separar una estimación tributaria preliminar de honorarios, gastos registrales, notariales y otros costos del cierre.
- A clientes residentes en el exterior que desean llegar a la consulta con datos organizados, sin confundir una operación matemática con una conclusión legal.
1. Calculadora de renovación del Registro Mercantil
El artículo 12 de la Ley 3-02 establece una renovación cada dos años, computada desde la matrícula inicial. Escriba la fecha de la última renovación; si la empresa nunca ha renovado, use la fecha del registro inicial. Cuando hubo mora, corrección o una historia registral atípica, prevalecen el certificado y el expediente de la Cámara de Comercio y Producción competente.
2. Estimador del impuesto de constitución: régimen 2026
Para el ejercicio fiscal 2026, la DGII publica un impuesto de constitución equivalente al 1% del capital autorizado, con un mínimo de RD$1,000 cuando corresponda, e identifica como exentas a las empresas extranjeras y EIRL. No use este estimador para una entidad exenta. La calculadora únicamente aplica el porcentaje al monto escrito y no determina si un aporte en naturaleza genera otro impuesto ni cuál base debe declarar. El artículo 58 de la Ley 30-26 modifica esa base a partir del ejercicio 2027. Por eso, antes de pagar se confirma la ley y la orientación de la DGII vigentes en la fecha del depósito.
3. Estimador del impuesto de transferencia inmobiliaria
La DGII publica actualmente una tasa general de 3% sobre el valor imponible que acepte para el inmueble. El precio contractual no sustituye necesariamente la valoración de la autoridad, y una exención legal bien documentada puede alterar el resultado. El campo de tasa se puede editar para reflejar el porcentaje oficial confirmado al momento del trámite. Cambiarlo no demuestra, por sí solo, que otra tasa sea jurídicamente aplicable.
Lo que Proxario revisa además de la operación matemática
| Herramienta | Punto de partida | Verificación pendiente |
|---|---|---|
| Renovación | Dos años después de la fecha escrita | Certificado, historial de la Cámara, modificaciones y tratamiento de una renovación tardía |
| Constitución | Operación de 1% bajo el régimen 2026 indicado | Entidad, fecha, mínimo o exención aplicable, base de capital y aportes de activos |
| Transferencia | Valor escrito por la tasa seleccionada | Valor imponible de la DGII, tasa vigente, exención, estructura de la operación y estado del trámite |
Ejemplo ilustrativo
Ejemplo: una dominicana residente en Nueva York proyecta constituir una sociedad a finales de 2026 y comprar un apartamento a nombre de esta. El estimador de constitución le ayuda a separar una posible obligación pública de los honorarios profesionales. La herramienta inmobiliaria crea una línea preliminar del presupuesto, y la renovación permite programar una futura revisión registral. Antes de mover fondos, Proxario verifica el tipo social, la transición de la Ley 30-26, el tratamiento de la DGII, el título, el valor imponible, cualquier resolución CONFOTUR y el expediente de la Cámara. Es una ilustración, no una cotización ni una promesa de resultado.
Documentos para solicitar una revisión
- Para renovación: certificado de Registro Mercantil más reciente, RNC y actos societarios aún no reflejados en el expediente público.
- Para constitución: tipo social propuesto, propietarios, capital, aportes y fecha aproximada del depósito.
- Para transferencia: Certificado de Título, promesa o borrador contractual, precio y calendario de pagos, documentos de la DGII y cualquier resolución de exención invocada.
- Para quien firma desde el exterior: pasaporte y poder o documento societario extranjero, con autenticación y traducción al español cuando lo requiera la institución receptora.
Honorarios profesionales y costos oficiales
Las calculadoras son gratuitas. Proxario cotiza por escrito luego de identificar los documentos y el alcance. Los honorarios se presentan separados de impuestos, tasas de registro, tarifas de Cámara, notaría, traducción, apostilla, mensajería y demás gastos de terceros. El resultado en pantalla no constituye una liquidación oficial ni una propuesta de honorarios.
Fuentes oficiales
- Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo — Ley 3-02, artículo 12
- DGII — método, mínimo y exenciones del impuesto de constitución para 2026
- DGII — Ley 30-26 y transición del ejercicio 2027
- DGII — orientación vigente para calcular la transferencia inmobiliaria
Preguntas frecuentes
¿Las calculadoras envían mis datos a Proxario?+
No. Los cálculos se ejecutan en su navegador y los formularios no remiten a Proxario las fechas ni los montos introducidos.
¿Por qué el estimador del impuesto de constitución se limita al régimen 2026?+
La DGII publica para el ejercicio 2026 el método de 1%, mientras el artículo 58 de la Ley 30-26 modifica la base legal a partir del ejercicio 2027. Antes de pagar debe confirmarse la norma vigente en la fecha del depósito.
¿La estimación de transferencia es la liquidación definitiva de la DGII?+
No. La herramienta multiplica el valor escrito por la tasa editable. La DGII determina el valor imponible y el monto real, y una exención debidamente sustentada puede cambiar el resultado.
¿Por vencer significa que existe una gracia legal de 90 días?+
No. Los 90 días son una convención de planificación de Proxario, no una prórroga ni un plazo de gracia previsto por la ley.
¿Puedo sustituir la revisión de documentos por el resultado de una calculadora?+
No. Controlan el certificado, la fecha de presentación, el tipo de entidad, el valor imponible, la ley y la orientación oficial vigente. La herramienta ayuda a formular la pregunta, pero no la decide.
Recursos relacionados
- Renovación del Registro Mercantil y su calculadora
- Constitución de empresas dominicanas
- Impuestos y costos de cierre inmobiliario
- Seis ejemplos ficticios para entender cómo se conectan los trámites
- Glosario legal dominicano